Fabián Acxel Baños Moreno

 


Fabián Acxel Baños Moreno

ABOGADO

Abogado especializado en Derecho Penal, Constitucional y Derechos Humanos, con amplia experiencia en litigación estratégica, procuración de justicia, con amplio desarrollo en el servicio público y la docencia.

TEXCOCO, EDO. MEX.

¿Qué función desempeñas en el municipio?

Soy el defensor municipal de los derechos humanos aquí en Texcoco

¿Qué funciones realizas?

Las funciones que realizo, primordialmente, están enmarcadas por la ley. Hay facultades que tengo yo muy señaladas por la ley: recibir lo que es una queja de violación de derechos humanos, lo que hago yo, la transmito directamente a la comisión de derechos humanos del estado de México. Además de difundir, promulgar, promover los derechos humanos ¿en qué consiste esta parte? Pues obviamente a través de nuestras conferencias, cursos, talleres, cualquier propaganda o cualquier medio de comunicación que yo pueda utilizar, transmitir a la población el conocimiento de los derechos humanos.

¿Qué son los derechos humanos?

Los derechos humanos son las prorrogativas que son propias de un ser humano, de cualquier persona, sin importar su religión, su credo, entre otros puntos.

¿En qué momento se puede violar un derecho humano?

Hay dos formas de violar el derecho humano. Vamos a partir desde una visión, veamos y pensemos en la persona, la persona tiene sus derechos humanos desde que nace y todavía muere y va a permanecer ahí su derecho humano, luego podemos explicar esa parte, pero, aquí la violación de un derecho humano puede cometerse tanto por autoridades como por particulares. Cuando se hace la violación de un derecho humano por cualquier acción u omisión de una autoridad hacia una persona inmediatamente se viola el derecho humano. Una empresa que viola un derecho humano o bien, una persona particular que viola un derecho humano, serán otras autoridades quienes investiguen esa violación.

¿Algún ejemplo en el que yo pueda venir aquí y decir: sabes qué, violaron mis derechos humanos? O ¿cuál es el caso más común que se ha presentado?

Aquí lo que más tengo, voy a hablar en cuestión estadística, lo que más tengo son quejas en contra de maestros o bien las escuelas, hablo de los maestros y hablo de las escuelas porque obviamente la escuela también tiene una responsabilidad como institución o bien vamos a hablarlo así, como institución particular. Actualmente veo mucho la existencia de violación de derechos humanos de los niños, niñas y adolescentes, entonces aquí llega mucha gente, déjame hacerte hincapié que yo conozco de la violación de derechos humanos que hacen autoridades municipales o estatales, no así las federales, más sin embargo también me ha llegado mucha gente que viene de una escuela federalizada y obviamente son servidores públicos federales y obviamente esto lo tiene que atender la Comisión Nacional de Derechos Humanos y hace muchísimo tiempo, en cuestión estadístico, encontrábamos que la violación de derechos humanos casi siempre era por el policía, si sigue siendo y yo creo que le voy a poner el segundo lugar al policía, pero actualmente ahorita quienes han llevado el primer lugar han sido las aulas.

Y uno cuando viene a levantar una queja debe entregar pruebas o ¿Cómo acreditan la violación de los derechos?

Uno de nuestros principios que marca en este caso cualquier ley de la Comisión de Derechos Humanos Estatal o Nacional, se parte de un principio donde la persona que te diga que se le ha violado un derecho humano se debe de tomar como presumida que efectivamente, muy posiblemente, se realizó esa actividad, qué quiere decir esto, que la ley general de víctimas en el artículo quinto nos establece perfectamente que tenemos que contar con ese principio de buena fe de creerle a la víctima, no necesita una prueba para iniciar una queja, no necesita una prueba como tal, basta con su testimonio porque de ahí vamos a partir, recordemos que un testimonio de una persona que se le ha violado un derecho humano pues ella es la primer y principal prueba y de ahí partimos a una investigación para encontrar otras pruebas, cuál es la obligación de la comisión de derechos humanos: investigar.

Una vez de que se levanta el acta aquí, ¿ustedes realizan la investigación?, ¿qué procede?

No. Una vez que yo recibo la queja, nosotros contamos con un formato establecido ya por parte de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, la CODHEM, que se nos remite a cada defensor, quiero hacer hincapié que en el Estado de México existe un defensor de derechos humanos municipal, vamos a decir que ese defensor de derechos humanos municipal es el brazo extendido de la comisión estatal, yo no pertenezco al ayuntamiento, yo soy una autoridad autónoma, no tengo a mi jefe como el presidente, no tengo como jefe a un regidor o algún órgano de gobierno, no son mis jefes. Quienes prácticamente serían aquí mis jefes, serían prácticamente pues la comisión, los titulares de la comisión, entonces qué es lo que pasa, que quiero hacer un poquito de retroceso histórico, la comisión de derechos humanos es autónoma y está para el Estado de México; sin embargo por las necesidades de extender su atención al público se dio la tarea de crear los defensores de derechos humanos en todos los municipios, entonces, se reforma la ley orgánica municipal y obviamente sale un reglamento, se reglamenta esta parte de nosotros, pero decimos: bueno, ¿los defensores de derechos humanos cuales van a ser sus facultades?. El defensor de derechos humanos no tiene facultades de investigar la violación de derechos humanos, no la tiene, una vez que yo recibo esta queja la voy a canalizar por vía internet, antes se hacía por fax, ahora se hace con internet, se manda a través de este formulario, ¿qué trae el formulario? Trae el domicilio, los datos generales de la persona víctima o el quejoso, ¿por qué hablamos de un quejoso? Porque cualquier persona puede hacer del conocimiento la existencia de la violación de un derecho humano de otra persona, en este caso pueden ser sus hijos, sus familiares o cualquier persona que esté viendo que se le está violando un derecho humano a alguien, ¿por qué? Porque esto es oficioso. Entonces ¿qué es lo que va a pasar aquí? La remitimos y en ese formatito vienen narrados los hechos, todos los hechos, un croquis de localización para la persona donde la podamos localizar, porque muchas veces aunque diga ahí Calle Benito Juárez domicilio conocido, ejidos de tal y de repente dices ¿dónde?, entonces pasamos esa parte. Lo remitimos, se queda ahí la queja y allá se le da trámite, un trámite de investigación hasta poder llegar a una queja o determinar si hubo o no hubo violación de derechos humanos. Y aquí nosotros lo único que hacemos es que cuando viene la gente y nos pregunta “¿oiga cómo va mi asunto?” Aquí tiene su folio y de allá le tienen que estar comunicando, “¿pero es que no tengo internet, no me han llamado, nada?” no se preocupe, yo llamo por teléfono, pido informes y yo ya le asesoro a la persona. Cuando nos construyen a nosotros como defensores de derechos humanos o bien, la instrucción de derechos humanos municipal, es para eso, ¿por qué? porque mucha gente que viene, aquí estamos en Texcoco, viene muchísima gente que viene conmigo a pesar de que hay un defensor de derechos humanos en el municipio de Tepetlaoxtoc, vienen conmigo por desconocimiento  que existe la figura o porque simple y sencillamente ven a Texcoco como la ciudad, el centro, así como nosotros vemos a CDMX, que todo mundo pensamos que ahí en CDMX está todo cuando de repente esta de este lado también. Hay gente que también no tiene los recursos económicos para un traslado o que tiene compromisos en su casa y trasladarse de Tepetlaoxtoc a Cd. Nezahualcóyotl que es donde se encuentra la visitaduría regional  de esta zona y a la cual nosotros estamos perteneciendo, pues fácilmente las personas se pueden trasladar entre dos horas, más a parte el gasto, por eso es que nosotros estamos cerca de la gente.

Y por ejemplo, ¿cuándo vienen que sus derechos humanos fueron violados por parte de una empresa, es el mismo trámite?

No, son diferentes autoridades las que se encargan. Si hay retención de su pago o le quieren pagar con productos de la empresa, inmediatamente constituye un delito  y se denuncia ante la fiscalía del estado de México. Si la empresa le viola un derecho humano referente al trabajo, bueno pues esta la procuraduría del trabajo, antes hablábamos de la junta de conciliación y arbitraje, hoy ya no, porque cambio nuestro modelo de derecho laboral procesal, ahora vamos a un juzgado y hay jueces laborales y ahí se ven los problemas porque se ha violado un derecho humano que es referente al derecho laboral. La empresa podría violar un derecho humano, vamos a hablar de la discriminación, entonces esta la CONAPRED, independientemente de que sea el hecho que encaje en la discriminación y que la fiscalía también investigue.

Autoridades municipales, estatales y federales, cuando está la persona investida de autoridad, ahí ya es la violación de un derecho humano realizado por una autoridad, entonces es ahí donde tiene competencia la comisión estatal de derechos humanos. Necesitan ser autoridades. En este caso vemos a la escuela o a la institución o a la empresa y es particular, más sin embargo, la comisión nacional de derechos humanos y a nivel internacional ya ha hecho un estudio referente de decir ¿las empresas violan derechos humanos? Porque son particulares. Si pueden violar derechos humanos pero no es competente la comisión, si te está violando un derecho humano debes acudir con la procuraduría general del trabajador, si hay una violación del derecho humano en la vía laboral, ¿dónde se va a redimir? en un juzgado laboral. Pensemos y platiquemos un poquito de algo que hemos trabajado para que quede bien clara esa pregunta, si nosotros trabajamos en una empresa y de repente algunos de los compañeros del trabajador o el gerente o el jefe o el dueño de la empresa dice “ya no me cayó bien esa persona, hay que correrlo, pero no lo podemos correr, vamos a hacer algo para que se vaya por sus propios medios” y entonces es algo que se llama mobbing o vamos a decirlo así: acoso laboral y le empiezan a hacer de todo y le ponen más trabajo o lo dejan sin trabajo o si hay reuniones lo excluyen y eso es un acoso, ¿cuál es la finalidad del acoso? ¡Que se vaya!. Entonces ¿ahí hay una violación del derecho humano? ¡Sí! Pero no van a ir con la comisión estatal de derechos humanos a quejarse, porque no son autoridad, ese es el punto: si eres autoridad estatal, municipal o cualquier órgano de gobierno inmediatamente si lo conoce la comisión, si no, no. El derecho laboral, el derecho familiar, vamos a hablarlo de un niño al que el papá no le da alimentos ¿se le está violando un derecho humano al niño? ¡sí! ¿Pero quién lo está realizando, de quién es la acción? De un particular, ¿a quién le vamos a decir que está violando un derecho humano? Al órgano jurisdiccional, a un juez familiar y el juez familiar va a decir, si efectivamente, tienes obligación, cubre esa parte porque el derecho humano del niño es el interés superior a que este siempre protegido, que tenga un desarrollo integral en su infancia, su adolescencia, entonces es ahí donde hacemos hincapié. Ahora volvemos a la empresa, las empresas la comisión nacional de derechos humanos hizo un estudio donde dice ¿las empresas violan derechos humanos? ¡Sí! A pero esta la vía jurisdiccional laboral o lo que se deriven esos problemas ¡sí!, pero a nivel internacional las empresas han sido fundamentales en la cuestión económica. La teoría de los derechos humanos ha desarrollado a través de la historia dos vertientes importantes: los derechos civiles y políticos y lo que son los derechos económicos, sociales, ambientales y hoy hablamos incluso de los tecnológicos; son conocidos como DESCA. Son derechos humanos que por su naturaleza no vivieron o no se establecieron en su momento en los primeros inicios del reconocimiento de los derechos humanos o derechos fundamentales. Entonces, cuando se empiezan a ver estos derechos económicos, bueno la cuestión económica es un derecho humano, el acceso a la economía, hoy decimos tenemos el derecho humano de acceso al internet, para  1980 no hablábamos de internet ni hablábamos de este problema del  derecho ecológico, no existía, es algo que se fue actualizando. Cuando hablamos de derechos humanos hablamos de derechos del hombre, entonces se excluye a la mujer, hoy en día derechos humanos es para todas las personas, como se quieran definir. Entonces, fíjate como ha progresado, como ha generado esa partida, aquí me podría aventar 20 mil teorías pero no, voy a cortarlo, ¿en qué sentido?, en que la cuestión económica es fundamental para todos y a todos nos tiene que llegar, ¿vivimos en el capitalismo? ¡Sí!, ¿nos atenemos al capitalismo? también globalmente, ¡sí! no hay vuelta de hoja, hay que repartir bien esos bienes, ¿quiénes son los que materializan la cuestión económica en todo el mundo? las empresas, entonces, actualmente las empresas se les empieza a dar una responsabilidad de derechos humanos. En la actualidad todavía no hay una empresa o vamos a investigar empresas que hayan violado derechos humanos por parte de una comisión de derechos humanos, pero por ahí hay una tendencia donde se quiere, a futuro se quiere, y no sé si has escuchado o visto en las marcas de las empresas y se les coloca: empresa socialmente responsable, pero dijo, socialmente, entonces lo que buscamos es que no sea tan solo socialmente; derechos económicos, sociales, culturales y ambientales: DESCA. Ya dijo la empresa “soy socialmente responsable”, ¡no!,  económicamente responsable globalizada, ese es uno de los puntos donde ahí nos quedamos, ya no le escarbe más ahí en la investigación, hasta ahí me quedé corto yo con la información, pero suena bastantemente atractivo.

En la vida cotidiana, ¿en qué momento un policía, a cualquier peatón o automovilista le puede violar un derecho? Un ejemplo

Hablando de policías, el policía ¿para qué está creado? para la seguridad humana, para la seguridad pública o la seguridad ciudadana, en pocas palabras, es un vigilante de que todo esté bien, el policía desde que se coloca un uniforme inmediatamente él adquiere un poder, no estoy hablando de que ya venga armado, nada más por el hecho de colocarse el uniforme de autoridad de seguridad pública, su presencia, su pura presencia genera una actividad grotesca para cualquier persona, ¿qué quiere decir esto? cuando hablamos del uso de la fuerza pública, la presencia del policía está generando fuerza pública, por la pura presencia. Te llega un policía y se para aquí enfrente de ti, uniformado, genera ese acto de autoritarismo, de gobierno, pero fundamentalmente de fuerza pública. Entonces, lo que hable este servidor público y te diga algo tiene que ser muy cuidadoso, si agarra el policía, se presenta ante ti, ya está haciendo uso de su fuerza, su presencia, ya ese poder está enfrente de ti, entonces si él habla y te dice: “muy buenas tardes señora, ¿cómo está?” y ahí es donde tiene el primer contacto y es verbal,  si nosotros analizamos y en un razonamiento social, pues es un buenas tardes, no pasa nada, al contrario, digo buenas tardes oficial, pero ahí se siente la presencia, ahí está la fuerza pública, entonces el policía si de repente agarra y le dice “¿qué quiere aquí señora?” ¿Acto indebido? ¡Sí! Porque hay una ley de responsabilidades de los servidores públicos donde todo comportamiento tiene que ser ético, que las acciones u omisiones sean moralmente correctas, su hacer de ellos debe ser correcto, entonces el policía con una simple pregunta, el tono de la voz, te puede empezar a violar el derecho humano.

Luego, voy a un nivel bajo y voy a un nivel alto: una orden, “¡retírese de aquí señora, aquí no puede estar!” entonces aquí esta el derecho de ambulatoria, de estar donde yo quiero estar, donde yo quiero ir-permanecer o no quiero permanecer, no quiero estar. Es una frase que se ocupa por una  persona para la cuestión del derecho de libertad, entonces el policía te dice “retírate de aquí” pero el lugar es público, “oye pero estoy en la entrada de la presidencia municipal”, “sí pero no puede estar aquí, hoy no hay servicio” “no estoy tratando de ingresar al recinto”, “pero es que su presencia me hace sospechar que pudiese usted hacer algo”, cuando ocupó la palabra “sospechar” ya te violó tu derecho humano. Recordamos por ahí un principio de: “todas las personas son inocentes hasta que no se demuestra lo contrario”, presunción de inocencia; pues de igual forma presunción de inocencia cabe entrar dentro de lo que es cualquier tipo de derecho procesal, administrativo y demás.

Si yo me quisiera quejar de ese acto, ¿tengo que anotar su nombre, decir cómo es?

Recordemos que nosotros somos la prueba fundamental, todo servidor público se tiene que identificar, no se identifica, no trae nunca gafete, traerá su  credencial y la traerá guardada. Ahí se viola otro derecho humano, no nada más para la persona, sino para todos.

Y por ejemplo, en el caso de que yo estoy parada observando un accidente y el policía me corre de la escena, ¿igual está violando mi derecho?

Todo depende el contexto, recordemos que ese policía debe dar seguridad, ¿qué es lo que comúnmente pasa? chocan y todo mundo observando y perjudicando las vialidades, usted dice bueno me bajo y quiero acercarme y quiero ver qué es lo que está pasando, ellos deben de limitar un área especial para que no se altere, no se modifique la escena del crimen, que es el lugar de la investigación. Si fue un accidente,  recordemos que hay delitos culposos y muchas veces se van para el oficial conciliador pero ahí al respecto se hacen periciales, entonces lo que se busca es resguardar el lugar. Muchos periodistas llegan y quieren tomar la fotografía, etcétera, eso es correcto, porque obviamente nosotros vemos hoy en día los periodistas y a los defensores de derechos humanos a la misma par, porque protegen los derechos humanos los periodistas a través de la información constante que producen y que la ponen al público, garantizan un derecho humano, en este caso promueven los derechos humanos y nos dan acceso al cómo están trabajando las autoridades o qué es lo que está pasando en el mundo, etcétera, entonces nosotros tenemos un derecho a la información, ¿quién nos lo proporciona? los periodistas.

Ahora bien, si me detienen en mi vehículo, voy manejando, me piden que me orille y quieren que salga de mi unidad o que les muestre documentos o lo piden de una forma prepotente, ¿están violando mi derecho? ¿Qué tanto puedo otorgar y que tanto me pueden exigir?

El policía no puede realizar un acto de molestia si no está fundada y motivado; y vamos a hablar de la fundamentación y la motivación. El fundamento son la base de los artículos partiendo de 16 constitucional a los demás procesales, en este caso, el policía no puede estar deteniendo a las personas sin motivo alguno, para eso la suprema corte de justicia de la nación determinó dos cosas muy importantes: una cosa que se llama control preventivo provisional, el cuál determina que un agente de seguridad pública, policía, guardia nacional, elementos de tránsito y demás pueden tener un contacto con la ciudadanía, es decir, puedo yo detener a un vehículo, inmediatamente que lo detengo, soy el seguridad pública y no soy de tránsito, lo primero que me va a decir el que maneja o el particular va a decir: ”no tienes por qué detenerme, no he cometido ningún delito”; espérate tantito, en el 16 constitucional dice nadie puede molestado en sus papeles, en sus personas, domicilio, etc. Lo está deteniendo, “es que ya me estás privando de mi libertad” ¡no! la suprema corte determinó que una cosa es privar bien de la libertad y otra cosa es provisionalmente tener el contacto con un policía. El policía al momento que hace contacto, ya lo detuvo, no es agente de tránsito, pero en ese momento le dice: “buenas tardes joven, ¿hacia dónde se dirige?” esas preguntas que está realizando el policía están autorizados, ya lo dijo la suprema corte, está autorizado hacer eso, lo que no está autorizado es brincarse el control preventivo provisional porque tiene pasos, primer paso es: me identifico, soy policía, etcétera, es más, no me identifico, pero te estoy preguntando buenas tardes hacia dónde se dirige y entonces ahí empieza el primer momento, porque el policía lo que está viendo es que todo esté en orden, no está requiriendo rápidamente un documento que se identifique, la tarjeta de circulación, etcétera, ¡no!, sino que se está identificando, inmediatamente le está preguntando: “¿todo está en orden?” ¿Por qué? porque si nosotros en este caso vemos el artículo 20-21 constitucional establece claramente cuál es la función que tiene el policía: la seguridad pública, cerciorarse de que todo esté bien, que nada este mal y si hay algo mal y es posiblemente constitutivo de un delito o una infracción hace su trabajo. Entonces, en ese primer parámetro, ahí no se trastoca ningún derecho humano, ni te privo de la libertad, ni te está pidiendo un documento, ni papeles ni nada, solamente te está preguntando para verificar que te encuentres tú bien: “¿está bien todo?” “¡sí!” “hasta luego muchísimas gracias” y se va.

¿Qué es lo que verificó ahí? el policía no lo paró nada más porque sí, ¿qué verificó? Que el sujeto no aparente que está tomado, que los que van tripulando con él están en armonía, pero si de repente hay que una mujer que está llorando en la parte trasera del vehículo, entonces ahí el policía le puede llamar la atención y decir “señorita ¿se encuentra bien?” “sí oficial, sí estoy bien” y sigue llorando, “le voy a pedir de favor señora que baje” y si el masculino que va conduciendo: “no, no se va a bajar” entonces se incrementa la alerta del policía, ya hay algo que no es normal, entonces el policía incrementa ese actuar, esa invasión, porque ya está diciendo “¡bájese!, apague el vehículo y bájese” entonces abre la puerta este sujeto y se baja y si el policía observa algo distinto al normal que puede constituir un delito entonces entra a revisar, tiene que ir paso por paso, entonces el policía ve lo que aparenta ser un arma de fuego entonces “váyase para allá”, pide el apoyo correspondiente y observa que si es un arma de fuego , “¿tienes permiso para tener esa arma de fuego?” “¡no!” “te voy a pedir de favor que no te muevas” y empiezan los mandos verbales, inclusive ya tiene una mano en su arma; fue incrementándose y de repente, ya que está asegurado esta persona la señora dice “es que es mi ex marido y me acaba de privar de mi libertad” o “es mi marido pero me viene dando una paliza”, si no se hubiera realizado esa actividad del policía ¿qué garantía hubiese tenido la señora de que alguien la rescatara?

Con este ejemplo manejo esto del control preventivo provisional porque va a incrementando, si el señor no nada, tiene que dejarse, pero lo incorrecto que hacen los policías es que se brincan todos esos pasos y no verifican si hay posiblemente un hecho delictuoso o no: llegan, inmediatamente te detienen y te piden el papel, ¡ya se lo brinco!, esa detención es inconstitucional, ya al pedirte los papeles, ese acto de molestia es inconstitucional, está violando el derecho humano: presunción de inocencia, debido proceso, intimidad y demás, se van a violar muchísimos, por ese mismo actuar. Qué pasa cuando de repente los policías están parando y demás, cuando van a un control de detención o cuando van al proceso penal: los casos se caen. Sí, encontraste drogas, sí, encontraste incluso la de un cuerpo, sí, eso llevó a que la investigación digan que efectivamente se había cometido un homicidio, pero lo detuviste contrario a derechos humanos, entonces las pruebas que se obtienen son ilícitas y entonces el proceso penal cae y sale en libertad, por violación de derechos humanos.

Entonces ese tipo de temas de control preventivo provisional trae un mundo de normas que si el policía no las hace paso con paso viola el derecho humano a un probable responsable y viola derechos humanos a las víctimas, porque no hizo bien su trabajo.

Si el policía de seguridad pública, que no es de tránsito, te para y te dice “no traes verificaciones, necesito tu licencia” y todo eso, ¿qué está haciendo? un acto de autoridad ilegal: viola, en este caso, derechos humanos, viola legislación en cuestión de responsabilidades y es acreedora a responsabilidad, ¿Por qué? porque no es su función. Entonces es un mundo de ejemplos que van sucediendo en la sociedad mexicana y que desafortunadamente, tanto como las personas particulares no conocen ese derecho y dicen que ya se les viola y esa misma información la avientan a los medios de comunicación y entonces la persona que lo ve cree que eso es correcto, pero no es correcto, entonces cuando de repente llegan lo primero que hacen para el policía es ponerse grotescamente con el policía, cuando ellos hacen eso rompen y quiebran ciertas normas, entonces el policía puede detenerte y ponerte a disposición por el alteramiento del orden. Pero con eso de que todo el mundo saca el celular, los graba, el policía se intimida y ya no hace su trabajo. Y yo le he visto en redes sociales, en todos lados,  que el personaje no trae la verificación, ese sujeto trae un vehículo automotor y luego está aventando un montón de humo blanco y dice “tú no eres la autoridad que me debe de detener”. Hablamos hace ratito de derechos ecológicos, nos está contaminando a todos; por falta de una autoridad competente este sujeto está cometiendo una violación de derechos humanos para todos, no nada más los texcocanos o los ecatepenses, todos, a nivel mundial y el policía que está haciendo esa actividad pues le dicen “no es tu trabajo”. No está el de tránsito, entonces aquí son omisiones que las autoridades están violando derecho humano a todos, por no existir en el momento idóneo, porque estás dejando pasar que muchos camiones, carros, motos y demás estén contaminando, ¿no está el gobierno violando el derecho humano de nosotros? ¡Sí! está violando el derecho humano todos y todas nosotros y ¿todo por qué? porque no pones esa parte. Entonces esas acciones, esas atenciones deben de cumplirse. Actualmente en México todo el tiempo se está violando un derecho humano, social, ecológico económico y demás.

En una escuela un profesor ¿cómo puede violar un derecho tanto para los padres de familia o el alumno?

Acciones y omisiones. Las acciones son aceres que hace el cuerpo humano consciente, entonces muchas veces, los maestros violan el derecho humano al niño con violencia, la violencia es física, psicológica, vamos a decirlo sexual, virtual, económica; esas violencias las puede ejercer el maestro haciéndolas. Una violencia física, la clásica: que avientan el borrador, o de repente agarran y le toman la oreja y lo sacan del salón o le ponen masking en la boca para que no hable, eso es físico, porque hay un cambio físico. Psicológico: el decirte, por tus condiciones de color, tipo de cabello, si eres niña o eres niño, los maestros les dicen: “cállate porque pareces niña chillando” es psicológico, totalmente contrario a una perspectiva de género, trato igualitario, no discriminación, estereotipos y demás. El maestro le dijo: “cállate, deja de estar llorando porque pareces niña” y no nada más le violo el derecho humano en ese momento al niño, sino cuando lo hace en público dijeron “nosotras las mujeres”, entonces eso es psicológico, no hay un tocamiento, no hay algo físico; pero psicológico ¡ya pegó!. Sexual; mucho maestro acosa: le agarran el cabello, “que hermosa estás” a una niña de 8 años y a lo mejor ella no capta el sentido lascivo del tipo de caricia que hizo en el cabello, “¡ah!, es que no fue glúteos, no fue pierna, no fue pecho, no fue cerca de la parte sexual”. El cabello no es la parte sexualizada, pero la forma de la caricia, ahí hizo algo; de repente el acaricia miento del brazo o de la espalda, hay muchos puntos donde no pueden tocar  y decíamos hace tiempo: bueno es que hay un muñequito que le ponen rojo, amarillo y verde, pues verde las manos, son para eso, para comunicarnos, tocar el hombro sí, ¿en qué sentido podemos tocar el hombro? ¡Bien hecho, usted lo hizo correcto! o de repente  “bien, bien hecho” y tocamos la cabecita. Está permitido, pero de repente hay acciones donde de repente dice uno: tocar la mano, la palma de la mano, por arriba de la mano, con una lascivia, ya toca el aspecto sexual, hablando de lo sexual, entonces vemos nosotros que la sexualidad es físico y psicológico y de repente tenemos otra violencia que es muy común hoy en día con esto de los aparatos electrónicos; el maestro hace el chat pone a todos los alumnos y sube una imagen sexualizada, no tan pornográfica y de repente ¿qué onda, qué pasó maestro? o hace un comentario, excluye a alguien o hace bullying por ese medio, porque lo puede hacer, de repente agarra tiene todo bien y está en el chat mandando información o está platicando de otras cosas y de repente ¡pum! saca a  Diego del chat, entonces la mamá se entera “mamá me sacó el maestro del chat” “¿y nada más a ti?” “¡sí!” “¿qué hiciste?” “nada” y empieza a revisar, no hay nada ¿por qué? “Bueno, es que la verdad mamá…” y empiezan los contextos y de ahí viene, entonces los maestros pueden hacer esto; pero también violan otro derecho humano no haciendo las cosas, hay bullying en la escuela y el maestro está viendo el bullying: omisión;  viola un derecho humano. El niños está realizando una actividad y esa actividad jugando en el recreo es temeraria y el maestro sólo pensando “cáete, cáete, a ver a qué hora se cae” y ¡pum¡ ¡se cae! y al rato sale el video donde el maestro estaba viendo todo: omisión de cuidado, violaste el derecho humano de su seguridad. Los maestros violan muy cotidianamente los derechos humanos, mucha de acción pero también de omisión.

El omitir trae responsabilidad y de acuerdo hoy a la ley de educación y los protocolos y demás quién más tiene ahí responsabilidad es el director, directora, subdirectores, son los que más tienen la responsabilidad.


Particulares o autoridades violan un derecho humano pero deben de acudir a las dependencias correspondientes para la denuncia.

Y por ejemplo, ¿una falsa acusación? de que “me cayó mal el maestro o que con ese policía ya la traigo contra él” invento algo, vengo a levantar la denuncia y obvio me creen, pero después de una investigación sale que es una falsa acusación, ¿qué procede? Yo que invente eso, ¿tengo algún castigo, qué pasa?

Bien, ahí te va algo muy feo, yo lo considero muy feo, se va a quedar así porque la ley no sanciona esto y te voy a explicar porque: dice el tipo penal, aquí en el Estado de México, si no hay sentencia condenatoria no hay falsedad de declaración, le dice el estado “perdone usted, disculpe usted, fue absolutoria, váyase a su casa”.

Hemos abusado de la bondad de los derechos humanos en cualquier vertiente, para niños, niñas, adolescentes, hemos usado el respeto o el querer mejorar en materia de derechos humanos, lo hemos querido hacer de mil formas, que desafortunadamente muchos agarran esa parte y la ocupan como una herramienta de castigo, de venganza, y las autoridades, pues desafortunadamente están en el tema mediático, popularidad, entonces es ahí donde rompemos mucho la imagen de los derechos humanos. Hay que seguir trabajando, las autoridades tenemos que seguir haciendo lo mejor, tratando de que esto se componga y obviamente me queda totalmente claro que ¿culpa de quién es? pues solamente de los gobiernos, no nada más el de México, sino a nivel internacional todos los gobiernos pues ¿qué han hecho? desafortunadamente atrás de la palabra: derechos humanos y de la bondad, de la palomita que nos representa y todo eso, atrás hay sufrimiento, sangre, atrás hay muerte, atrás hay hasta la propia extinción del mismo ser humano, porque todo esto parte de la segunda Guerra mundial, del exterminio de nosotros, de la raza humana, del mismo ser humano exterminando a otro ser humano, cosificándola, porque ahí es donde partimos al derecho de la dignidad de la persona; pero si nos vamos más atrás, revolución mexicana, revolución francesa, exigir los derechos a través de y ¿qué es lo que hace el estado? Reprimir, entonces en México siempre se han peleado, levantado la mano y luchado por los derechos humanos y el gobierno que hizo reprimir, matar, desaparecer, etcétera.

Pero de repente el pueblo se toma de fuerza y ahora sí gobierno, entonces cuando pasa eso el gobierno dice “¡ah ya me levantaron la voz! y se vienen elecciones y se viene esto y se viene el otro y se viene aquello y entonces ¿qué tengo que hacer? cumplir las demandas de las personas”, si te das cuenta ¿qué policía anda multando o infraccionando? ni se quieren aparecer, porque si no los graban, porque si no los golpean, porque si no aquello, porque si no esto y al rato pues ya no hagas bronca, por eso dicen “ya no quiero ni levantar una infracción, porque hay bronca” y entonces estamos a nivel corrupción, a nivel internacional, creo teníamos la posición cuatro o siete algo así estábamos en aquella época y “¿qué dice el gobierno? ¿Cómo le hacemos para bajar esto de la corrupción? ¡Pues ya no multar!”, todos, agentes de tránsito y todos. Entonces hoy ves chavos sin casco, sin placas, carros contaminando, se pasan los altos y nadie dice nada, en el mexibús transitan particulares ¿quién los para? Nadie los para.

En el estado, vas a verificar; “¿con brinco? ¡No!, mi camioneta está bien” y resulta que no pasa, y ves salir un carro en condiciones no óptimas y es cuando dices “¡ah canijo! y ese sí pasó” y dice uno ¿qué pasó?. Vas a la ciudad de México y ni un peso te pide y aguas, ni ofrezcas, pasas o no pasas, sin problema. Vuelvo a decir otra vez ¿y los derechos ambientales?

Cuando uno quiere aplicar el reglamento de tránsito empiezan a divulgar en redes sociales “ahora si ya crearon un reglamento para sacar más dinero” pero realmente no se inventa nada, el reglamento está desde hace años establecido solamente que no lo ponemos en práctica pero lo vamos a implementar.

Valores, cultura y ética, es algo que no tenemos como sociedad y la autoridad no nos la exige, le tiene más miedo a la opinión pública el gobierno que la aplicación de la ley y volvemos a decir ¿qué onda con nuestros derechos humanos, individuales y colectivos?, ¿dónde están? y lo digo con mucho respeto, colectivo de desaparecidos, de víctimas de delito y demás. Sabemos que debemos inclinar esa balanza, pero con ética, con valores, con responsabilidad, porque si no, tú que estás protegiendo, cuidando y velando por los derechos humanos, estás violando derechos humanos, entonces, estamos ahorita en esa parte, yo hago un pronóstico que esto es parte del show, es parte del cambio, porque cuando hay cambio todas las aguas se revuelven y hay cosas buenas, cosas malas, con la finalidad de que un día todo esté un poco más estable, regularizado y en condiciones de igualdad, porque eso es lo que muchas veces no vemos, que hay que ser iguales para todos de un lado y del otro.

Nos hace falta muchísima cultura, responsabilidad, derechos humanos, cambiar las mentes de las personas, hacer el uso de la herramienta de derecho, mucha responsabilidad, eso es lo que hasta el momento puedo decir que si estamos muy mal.

Y ¿cómo se puede hacer ese cambio en la gente?

La comunicación, el conocimiento, la sensibilización de los derechos humanos. Todo está en la mente y si queremos algo bien de servicio, queremos que nuestra sociedad sea mejor; cambiemos la mentalidad; para poderla cambiar vamos contra corriente, por eso yo voy a los podcast, voy a los medios de comunicación, a la concientización. La conciencia es algo que ya no trabajamos; si estás en una comunidad jurídica y te hablan de derechos humanos y que el podcast es de esta forma lo van a hacer, van a acudir a la información porque les gusta, lo necesitan, pero háblales de derechos humanos a los jóvenes: se duermen, se aburren, entonces decimos ¿qué pasa aquí? y volteamos a ver la comunicación: violencia, sexo, vicios, alcohol, eso es lo que traen, lo que ven.

La cultura, la zona, la economía, la educación, la familia, la sociedad, derechos económicos sociales y culturales, ambientales; no está pintado, es por algo y esto es lo que modifica las sociedades, si hay economía bien, si hay cultura bien, si la sociedad está bien entonces tienes toda la facilidad. Si tu gobierno está haciendo su trabajo, hace bien las cosas, hace cumplir la ley, entonces la sociedad capta mejor, entonces empieza a funcionar mejor. En la actualidad que estamos viviendo, el internet y redes sociales han hecho buen trabajo porque han eliminado la violencia, uno ya no puede poner una publicación mal porque luego luego para abajo, entonces ha hecho su trabajo, también el gobierno, pero la verdad es que no se da abasto y actualmente con los cambios políticos que ha habido, han sido buenos beneficios, los niños tienen una beca, las mamás solteras un apoyo, apoyos para negocios; pero todavía hay que hacer muchas cosas más en educación y lo vamos a conseguir a través de esto: la escuela ayuda y mucho porque los maestros están ahí al pendiente pero no todo les alcanza, así estamos en la cuestión social de derechos humanos, aquí hacemos lo que podemos, también nada más soy yo el que anda difundiendo, tengo personal administrativo pero no tienen el conocimiento para ir y difundir. La comisión estatal de derechos humanos llegó a hacer muchas recomendaciones en muchas materias como la trata de personas, tortura, desaparición de personas, las personas recluidas en la cárcel, muy buenas acciones que llegó a hacer en este caso y nos hace falta mucha chamba por hacer porque a mí lo que me preocupa es ese tejido social en cuestión del acceso a la justicia; que sea verdaderamente algo original, algo verdadero, donde más veo gente inocente es dentro de la cárcel y es lo que más lamento, hay un dicho por ahí: “mejor tener a un criminal en la calle, que a un inocente en la cárcel”, creo que pesa menos.







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